miércoles, 26 de marzo de 2014

Repsol y después…¿Cuánto le costará a las provincias ser propietarias de YPF? II Parte (las que nunca fueron buenas)


Lic. Mauricio E. Roitman

A pesar que de que el secretario legal y técnico de la Presidencia, Carlos Zannini, ratificó el pasado 13 de marzo en la reunión plenaria de las Comisiones de Energía y Combustibles y Presupuesto y Hacienda del Senado, al ser consultado por el senador radical Ernesto Sanz, que las provincias accionistas deberán pagar por su participación en YPF, como habíamos sugeríamos aquí http://energonomista.blogspot.com.ar/2014/03/repsol-y-despuescuanto-le-costara-las.html, la polémica sigue.

En los últimos días varios gobernadores salieron a decir que no pagarán por su participación en YPF. El Gobernador de Neuquén, Sapag,  señaló: “…que a Nación no se le pase un segundo por la cabeza que las provincias vamos a poner dinero o bonos por esas acciones”. Su par mendocino, Paco Pérez afirmó en la misma línea: "Lo que digo yo es esto: eso (el pago de las provincias a la Nación) no se discutió en el ámbito de la Ofephi (Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos) ni en el ámbito de las provincias que tenemos directores en YPF.”  También negó que Mendoza vaya a pagar por sus acciones al Estado nacional adjudicando más áreas a YPF: "No, yo estoy licitando 8 áreas petroleras al mejor postor, no van a ir directo a YPF".

Buzzi, el gobernador de Chubut, declaró a la prensa: "Dinero contante y sonante -corriente o efectivo- por la expropiación de YPF no vamos a poner".

Al respecto, es por ello importante revisar, a modo de “modelo” de lo que vendrá en esta materia para el resto de las provincias petroleras, la Ley Nº3294 y su Decreto reglamentario Nº2295 publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz el 15 de Noviembre de 2012 (B.O. AÑO LVII Nº 4653) donde se consignan en el Anexo I de la Ley los detalles del Acta Acuerdo firmado oportunamente por la provincia de Santa Cruz entre el gobernador Peralta y el Ministro Arq. Julio De Vido respecto de las condiciones de la cesión de acciones establecida en el artículo 3 del Acuerdo Federal.

En particular, resultan muy interesantes los términos de los artículos 2º y 3º, donde se estableció:

SEGUNDO: El precio que deberá pagar la PROVINCIA DE SANTA CRUZ al ESTADO NA­CIONAL por la cesión de la PARTICIPACION DE SANTA CRUZ será el que resulte del precio unitario por acción efectivamente pagado por el ESTADO NACIONAL en concepto de indemnización por el proceso expropiatorio derivado de la Ley 26.741.

TERCERO: LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ pagará al ESTADO NACIONAL, a cuenta del precio referido en la cláusula anterior, 60 (sesenta) cuotas mensuales de U$S 1.000.000 (dólares estadouni­denses un millón) cada una, venciendo la primera de ellas a los 10 (diez) días hábiles de la entrada en vigencia del ACUERDO DE PRORROGA y las restantes el día 5 (cinco) de cada mes. Los pagos de dichas cuota podrán ser efectuados por la PROVIN­CIA DE SANTA CRUZ al ESTADO NACIONAL en efectivo o mediante la cesión de los créditos por valor equivalente que le adeude YPF S.A. en virtud del Acuerdo de Prórroga.-




Fuente: se agradece la colaboración del Lic. Rafael Flores, economista miembro de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública. 


viernes, 14 de marzo de 2014

Un truquito del “mago”: el incremento de las reservas de petróleo y gas en 2013 no resultan del esfuerzo exploratorio de YPF


Mauricio E. Roitman
Montamat & Asociados

En el documento “YPF S.A. – Resultados Consolidados – Año 2013 y 4T 2013” que presentó la empresa hace pocos días se incluye una sección 4.5 que remite “Información complementaria sobre reservas de petróleo y gas”.   

En relación a esa información, YPF elabora un comunicado de prensa que resalta como primer punto que “YPF Alcanza la mayor tasa de reemplazo de las reservas de los últimos 14 años, con un 158%”. Es decir, que si del stock de reservas probadas que la empresa puso en producción en 2013 hubiera sido de 100 unidades teóricas de petróleo/gas, se hubiera logrado en ese mismo año reponer 158 unidades teóricas de petróleo/gas.

En otras palabras, terminó el año aumentando su base de reservas probadas (el comunicado dice en alrededor de un 11% en el promedio de petróleo y gas)  lo que es una buena noticia, porque otra sería la historia si nos dijeran que están aumentando la producción de YPF pero las reservas siguieran en caída como pasó en el 2012. De todas las noticias sobre YPF, lo del incremento de las reservas resulta lo más relevante y satisfactorio (En la petrolera deben pensar lo mismo porque esa noticia encabezó su propio comunicado de prensa). No debe olvidarse que uno de los principales fundamentos del valor de una empresa petrolera son sus reservas probadas.

Ahora bien, en el documento “YPF S.A. – Resultados Consolidados – Año 2013 y 4T 2013”, en la sección 4.5, están los resultados presentados a la CNV sobre reservas. En las páginas 18 y 19 hay sendos cuadros donde se informa sobre el origen del incremento de reservas al que se aludió.

Como se observa en el siguiente cuadro N°1, para el caso de las reservas de petróleo parten de una base de reservas de 589 millones de barriles, se le van en el ejercicio 107 (rubros: producción y compras y ventas), por extensiones de áreas y nuevos descubrimientos incorporan 40 (lo que no alcanza a reemplazar las 107), y 105 millones de barriles (casi lo mismo que se produjo en el año) se incorporan por “revisiones de estimaciones anteriores” sin al menos hacer una nota aclaratoria de tan importante cambio dado que esa adición representa el 72,4% de las reservas incorporadas en petróleo.

Lo mismo sucede en el caso de las reservas de gas, donde las “revisiones de estimaciones anteriores” alcanzaron a 563 miles de millones de pies cúbicos, casi un 70% del total incorporado de reservas de gas en 2013. 

Cuadro Nº1. Información sobre reservas de petróleo y gas de YPF
*Millones de barriles **Miles de millones de pies cúbicos. Fuente: YPF S.A. – Resultados Consolidados – Año 2013 y 4T 2013 y YPF S.A. – Resultados Consolidados – Año 2012 y 4T 2012”

No es que las petroleras no revisen sus estimaciones de reservas. Lo que llama la atención aquí es la magnitud de la revisión ya que en años anteriores fueron bastante menores.

Por suerte, el Ing. Galuccio, quien está al mando de la compañía, aclaró el día 13 de marzo pasado en una reunión plenaria de la Comisión de Minería, Energía y Combustibles junto con la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores de la Nación, que el incremento de reservas tuvo tres causas:

1º) El mejoramiento de la curva de producción de pozos existentes con lo cual se logró un declino menos pronunciado.
2º) El mejor precio del gas, que para el caso de YPF llegó a US$7,5 MMBTU por efecto de los incentivos gubernamentales a la producción excedente de gas [Nota: se intuye que sucedió lo mismo con el crudo por haber subido de precio, principalmente el tipo “Medanito” en 2013].
3º) Las extensiones de concesiones en Chubut y Santa Cruz.

Volviendo al Cuadro Nº1 y en función de la información vertida por el CEO de YPF, puede señalarse que, dado que existe un rubro específico (“Extensiones, descubrimientos y recuperación mejorada”) que englobaría a las razones 1º y 3º expuestas antes, se podría afirmar que los grandes incrementos de reservas expuestos bajo el rubro “Revisiones de estimaciones anteriores” fueron solo fruto de sendos incrementos del precio del petróleo y del gas (en este caso no para todos los productores).

En otras palabras, el 72,4% de las reservas incorporadas en petróleo y casi un 70% del total incorporado de reservas de gas en 2013 corresponderían, deduciendo de la información suministrada por el Ing. Galuccio, a aumentos en el precio del petróleo y el gas en 2013 y no producto de un mayor esfuerzo exploratorio de YPF.  


Si hubiera algún detalle aclaratorio de la empresa sobre esta información tan sensible sería muy importante para rectificar o ratificar lo aquí expresado, dada la limitada información al respecto. 



Nota: el artículo completo -con detalles- salió publicado en última edición de "Carta Energética" de Montamat & Asociados. 



miércoles, 5 de marzo de 2014

Repsol y después…¿Cuánto le costará a las provincias ser propietarias de YPF?

Por Mauricio E. Roitman
Montamat & Asociados

Hace pocos días atrás, el intendente de la ciudad de Neuquén, Horacio Quiroga, afirmó que como consecuencia directa del Acuerdo por Repsol el gobierno nacional puede endeudar a Neuquén en 1.000 millones de dólares, equivalente al 10% de las acciones que le corresponden a esa provincia en la empresa (http://prensa.neuquen.wpengine.com/quiroga-estn-endeudando-a-la-provincia-en-1-000-millones-de-dlares/). El fundamento se basa en que, en principio, al ser la provincia de Neuquén propietaria del 10,4% de la acciones de la ahora petrolera con mayoría estatal -resultante de poseer el 41,8% del 49% correspondientes a las provincias del total expropiado de la compañía-, sería deudora solidaria con quien realizó el pago por la expropiación (La Nación). Ello ocurriría una vez firmado el acuerdo de sindicación de acciones y a raíz de esto quedaría expuesta al correspondiente reclamo de quien canceló la obligación en primer término.       

Por el contrario, el Ministro de Energía de Neuquén, Guillermo Coco adujo que “no hay ningún tipo de obligación contractual entre la Nación y Neuquén con respecto a ese 10%” porque “…las acciones no están sindicalizadas [sic], ni siquiera las tiene sindicalizadas [sic] el gobierno nacional” (http://www.lmneuquen.com.ar/noticias/2014/2/28/coco-cruzo-duro-a-quiroga-el-intendente-tiene-una-confusion_216553).

La discusión anterior parece suponer que el sujeto expropiante incluye a las provincias, las cuales son, en principio, solo beneficiarias de una cesión de derechos por parte del Estado Nacional (Ver debajo el punto Tercero del “Acuerdo federal para la implementación de la Ley 26.741”). En función de ello, debe aclararse que el expropiante es solo el Estado Nacional. En consecuencia, parecería no corresponder ninguna discusión sobre la solidaridad de las provincias en cuanto al pago de deudas originadas en un acto de las autoridades nacionales.

Sin embargo, las condiciones en que las provincias se harán cargo de esa cesión de derechos no es una discusión cerrada. Parece ser clave para dilucidar el devenir de la cesión lo consignado en el punto Tercero del “Acuerdo federal para la implementación de la Ley 26.741” firmado el 12 de agosto de 2012 entre el ministro Julio De Vido en representación del Estado Nacional y la mayoría de los gobernadores y otros representantes de las provincias integrantes de la OFEPHI (Organización Federal de Provincias Productoras de Hidrocarburos).

De ser la cesión onerosa, como deja entrever –aunque sin explicitarlo- el punto tercero del Acuerdo, podemos conjeturar que el cedente (PEN) podría razonablemente requerir en dinero o en especie (derechos, preferencias, etc.) del cesionario un monto de hasta el valor de mercado del porcentaje de acciones de la firma YPF correspondiente a cada provincia petrolera. En esa misma cláusula del Acuerdo se dan algunas otras pistas sobre las variables que estarán en juego en la discusión de cuan onerosa será la cesión para las provincias:

“El Estado Nacional y cada una de las provincias suscribirán sendos acuerdos específicos para reglar las condiciones definitivas de la cesión de las acciones correspondientes propendiendo a la concreción del objetivo prioritario de la ley 26.741…
En tales acuerdos se reglarán las condiciones específicas, tales como la reversión de áreas, la renovación de concesiones, el otorgamiento de nuevas áreas, el establecimiento para la compañía de la primera opción en bloques de exploración revertidos a otras operadoras y en nuevos bloques, así como las condiciones para la exploración y la explotación de nuevos bloques con reservas no convencionales.”

El potencial problema de hacer efectiva la cesión tiene dos caras. Una de ellas muestra que podrían surgir presiones sobre las provincias para que de alguna forma restrinjan el ejercicio de derechos que tienen sobre la base del dominio originario sobre los hidrocarburos otorgados por la Constitución Nacional de 1994 en beneficio de YPF S.A. La otra cara del mismo problema, es que de otorgársele preferencias a YPF S.A. se destruiría todo incentivo de otras empresas privadas para competir en igualdad de condiciones con la petrolera estatal. Ello también le infligiría un daño para muchos imperceptible a YPF dado que esa empresa podrá obtener activos no por su eficiencia y competitividad sino simplemente por privilegios pre-establecidos por ley.

Cuando el mandato de la eficiencia deja de ser la guía de la acción de una empresa pública, otros actores (internos y externos a la empresa) se sentirán libres de presionar al aumento de costos para extraer rentas extraordinarias de una forma muy perjudicial para la empresa, como ocurrió en el pasado. Debe alertarse que ese sería el comienzo del fin de la nueva YPF S.A.

Paradójicamente, poner a YPF en un pie de igualdad con las otras empresas privadas será la política más beneficiosa para la salud de la ahora nueva petrolera de mayoría estatal.     


Es claro que la discusión mencionada que vendrá en breve tendrá mucho interés para los actores de la industria de los hidrocarburos en Argentina.