“Nuevas” reglas de regulación para el sector eléctrico
El gobierno nacional se apresta a cambiar las reglas de regulación del
sector eléctrico. Las principales aristas del nuevo esquema, según lo publicado
en diversos medios de prensa, serían las siguientes:
1. Se analizará la situación
de todas las empresas y habrá un reordenamiento tarifario diferenciado por
regiones geográficas.
2. Las tarifas deberán ser
“competitivas” para apuntalar a las industrias y atender la inclusión social de
los sectores de bajos recursos.
3. Los ingresos de las
empresas se definirán en función de los costos y los niveles de eficiencia e
inversión tecnológica de cada una.
4. La redistribución
incluirá una tasa de “ganancia razonable” que será establecida por la comisión
reguladora.
5. CAMMESA tendrá dos tareas
relevantes:
a. Será la única proveedora
de combustibles para las usinas térmicas. YPF se encargará del suministro y la
importación de gasoil, fuel-oil y el gas que demanden las generadoras.
b. Se transformará en una
recaudadora integral de todas las operaciones y movimientos comerciales del
sistema. Las distribuidoras y transportistas deberían girarle todos sus
ingresos y después recibirían las remuneraciones específicas que determine la
comisión reguladora, siendo esta última modificación la que supuestamente más reparos
y cuestionamientos tendría en la mayoría de las empresas.
Las “nuevas” reglas se quieren plantear como un cambio de paradigma
respecto de los 90’s. Lo único que cambia es el mecanismo formal por el cual se
debería realizar la regulación económica. Sin embargo, no cambiaría
sustancialmente en relación a lo que se vino haciendo desde 2002 a la fecha
período en el cual, la ley 24.065 tuvo en los hechos un “by pass” legal fruto
de las sucesivas prórrogas de la ley de emergencia económica (Nº25.561). Prueba
de ello son las nunca concretadas Revisiones Tarifarias Integrales en gas y
electricidad y el uso y abuso de mecanismos ad-hoc para financiar algunos
desequilibrios del sistema.
En particular, y sobre la base de los anuncios públicos, el cambio del
mecanismo formal de regulación -de las etapas que son consideradas monopolios
naturales como la distribución y el transporte- consistiría en pasar desde un
régimen de precios máximos (conocido popularmente en la jerga por su nombre en
inglés: “Price-Cap”) a uno de tasa de retorno (“Rate of Return” o “Cost-Plus”).
El Box 1 explica las principales diferencias teóricas entre ambos regímenes
regulatorios.
Box 1. Diferencias entre mecanismos regulatorios
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Precios Máximos
(Price-Cap):
Tt = Tt-1*(RPI-X)
Siendo:
Tt:
la tarifa inicial determinada mediante un mecanismo de costo de servicio o
tasa de retorno.
RPI:
(Retail Price Index) un índice de precios, generalmente de un país con moneda
fuerte para mantener la riqueza en términos reales a los inversores.
X: el
factor de eficiencia que descuenta de la tarifa en función de la
productividad esperada de la industria y del grado de eficiencia relativa de
la empresa.
La idea central es que partiendo de que los ingresos totales cubran los costos totales (previo cálculo inicial del costo del servicio) se genere una disminución exógena de la tarifa –mediante una revisión tarifaria periódica, generalmente cada 4 o 5 años- fundada en los incrementos esperados de productividad de la industria y la eficiencia relativa de cada empresa (en la forma de premios y castigos). Ventajas: incentivo a la minimización de costos y ganancias de eficiencia productiva potencialmente trasladables en menor tarifa al usuario.
Desventajas: mayor costo de capital propio por mayor riesgo
empresario.
Tarea central del regulador: auditar calidad del servicio. |
Tasa de Retorno (Cost-Plus o Rate of Return):
T = (w.L + r.K + Dk + t)
/ Q
Siendo:
T: la
tarifa necesaria para cubrir todos los costos del servicio, incluida la
remuneración “justa y razonable” determinada por el regulador sobre la base
de capital.
Q: La
cantidad demandada del servicio.
w.L:
los costos laborales.
Dk:
las amortizaciones del capital.
t: los
impuestos.
K: la
Base de Capital Regulada.
r: la
tasa de retorno “justa y razonable” definida por el regulador.
La idea central es que los ingresos totales cubran los costos totales,
incluyendo estos últimos una tasa “justa y razonable” que remunere el uso del
capital propio en la industria específica.
Ventajas:
menor costo de capital propio por menor riesgo empresario (Ingresos siempre
cubren costos), potencialmente trasladable en menor tarifa al usuario.
Desventajas: no minimización de costos (efecto Averch-Johnson), con uso sesgado hacia el capital.
Tarea central del regulador: auditar costos.
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Fuente: elaboración propia.
El mecanismo de regulación por tasa de retorno remunera los costos
operativos (salariales, insumos, etc.) más una tasa de rentabilidad “justa y
razonable” sobre el capital utilizado en la prestación del servicio. Este
régimen regulatorio posee problemas teóricos comprobados en la práctica como el
efecto Averch-Johnson y la consiguiente pérdida de eficiencia productiva, junto
a alguna ventaja en cuanto a la baja del costo de capital. Lo que seguirá
incomodando a las autoridades es que la tasa de rentabilidad “justa y
razonable” (la que obtendría el mismo capital en similar uso a niveles
similares de riesgo) necesariamente requiere mayores ingresos para las empresas
que, en algún caso, no cubren siquiera los costos operativos.
Pero la cuestión de fondo es: ¿Cómo harán esas mismas empresas para
lograr seguir prestando los servicios y realizar las inversiones necesarias
para no tener una “tragedia de once” eléctrica? No quedan muchas alternativas,
mal que les pese a los románticos, o bien aumentar las tarifas o bien
subsidiarlas con cargo a rentas generales (es decir, a solventarse con
impuestos o deuda).
Ha sido esbozada una tercera alternativa en las reuniones de las
autoridades con empresas del sector que consistiría en compensar los beneficios
en toda la cadena a nivel vertical (generación, transmisión y distribución) con
subsidios cruzados. Ello simplemente sería transformar un mal de pocos en un
mal de muchos. Técnicamente, lo único que lograría sería motivar un brutal
proceso de fusiones y adquisiciones y deprimir aún más la inversión en las
etapas que sobreviven con algún grado de rentabilidad mínimo.
Ese mayor incentivo (un mero eufemismo en este contexto) a la
integración vertical de las empresas, surgiría si se lleva adelante la
obligación de cada empresa de realizar subsidios cruzados entre las distintas
etapas de la industria en la que está presente. Un interrogante surge al
respecto sobre la futura situación de una firma que esté en una sola de las
etapas de la industria como la distribución eléctrica o el transporte y al
mismo tiempo esté “sobreviviendo” sin poder cubrir todos sus costos. Como se
señaló antes, quizá la idea de las autoridades sea forzar una reestructuración
en la industria eléctrica para eliminar todo vestigio de competencia en las etapas
aún potencialmente competitivas como la generación.
Una menor tasa de rentabilidad, sumada al riesgo regulatorio y político,
motivará poco apetito por arriesgar capital en una empresa de tal magnitud
donde los costos fijos relacionados a las inversiones son hundidos (una vez
efectuados tienen bajo valor de recupero). Si no hay capital privado que
invierta en la industria eléctrica, las inversiones deberán entonces correr por
cuenta del Estado. Y el Estado, en definitiva no es la tierra de Jauja donde
los recursos son ilimitados. Aquellos son escasos y deben asignarse entre fines
alternativos.
Por último, debe destacarse que el mecanismo de tasa de retorno para el
sector eléctrico está internacionalmente en retirada y no se aplica ni en
Brasil, ni en Uruguay (con distribuidora de electricidad pública), ni en Chile,
ni en la mayoría de los países de Europa, ni en Australia. Finalmente, en
Estados Unidos, donde el mecanismo surgió, está siendo reemplazado en numerosos
Estados por el sistema de precios máximos o algún mecanismo híbrido con menor
discrecionalidad.
Parece que quienes diseñan e instrumentan la
política energética y de regulación de servicios públicos en Argentina, como en
el cuento del genial Fontanarrosa, piensan que “el mundo ha vivido equivocado”.
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